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Actualizada Denominación de Origen “Ron de Venezuela”

En Venezuela, las denominaciones de origen se encontraban reguladas por las Decisiones 344 y 486 del Régimen Común de la Propiedad Industrial de la Comunidad Andina. Al retirarse el país de este sistema de integración (efectiva desde 2008), se restituyó la aplicación en su totalidad de la Ley de Propiedad Industrial del año 1955 la cual no regula ni establece un procedimiento para declarar nuevas denominaciones de origen.

Como consecuencia del vacío legal existente en temas de denominaciones de origen, el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI), declaró actualizada la vigencia del reconocimiento de la denominación de origen controlada “Ron de Venezuela”, sustentada en los tratados internacionales suscritos por el país.  El SAPI aplica  la norma establecida en los tratados internacionales,  amparada en  los principios establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, entre ellos:

  1. El carácter Constitucional que establece a la Propiedad Intelectual como un derecho humano; y
  2. Principio de aplicación directa y preferente de las normas que se adapten en el marco de los acuerdos de integración.

Llama la atención que el SAPI sustente la Resolución en estos principios constitucionales, por contradecirse con otras interpretaciones emanadas tanto del Poder Judicial como el propio SAPI.

En este sentido, es importante destacar que el anexo IC del Acuerdo de Marrakech que establece el Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y el Convenio de París para la protección de la Propiedad Industrial, no establecen procedimientos para declaratorias de denominaciones de origen. Estos acuerdos internacionales sólo hacen referencia a la prohibición del uso de designaciones con falsas de procedencia en los países miembros, y la posibilidad de negativa de marcas que contengan falsas indicaciones geográficas. Por lo tanto, el fundamento jurídico de la declaratoria de la denominación de origen Ron de Venezuela, se encuentra en la resolución del SAPI de 2003, que sí establecía un procedimiento legal para declarar el reconocimiento de denominaciones de origen, sustentado en la referida Decisión 486.

La resolución No. 162-2019 ratifica al Estado venezolano como único titular de la Denominación de Origen Ron de Venezuela, y establece al SAPI como al ente autorizado para otorgar las autorizaciones de uso, previa solicitud al consejo regulador que verificará que el solicitante de dicha autorización de uso, cumple con todo lo establecido en el reglamento de uso. Por otro lado, la resolución designa al SAPI como el ente que tramitará las diligencias que fueran necesarias a fin de obtener su reconocimiento y protección de la denominación de origen controlada Ron de Venezuela en el extranjero.

Vigencia de la denominación

Se estableció que la vigencia de la denominación de origen estará determinada por la subsistencia de las condiciones que la motivaron y ratifica a las siguientes áreas como de producción, extracción o elaboración del Ron de Venezuela con Denominación de Origen controlada: “zona centro occidente: Estado Miranda, Estado Aragua, Estado Carabobo, Estado Cojedes, Estado Lara, Estado Yaracuy, Estado Barinas, Estado Portuguesa, Estado Táchira, Estado Trujillo; y en la zona Oriental de los Estados Sucre y Monagas”.

Por otro lado, la Resolución establece que los miembros de la Cámara de la Industria Venezolana de Especies Alcohólicas manifestaron su intención de traspasar la titularidad, control, difusión, promoción, entre otros de la denominación de origen controlada Ron de Venezuela a la Asociación Civil Fondo para la Promoción del Ron de Venezuela (Fonpronven), con lo cual el uso de la Denominación de Origen “Ron de Venezuela” se otorgó a esta Asociación Civil por un período de quince 15 años.  Los miembros del consejo regulador de la denominación de origen controlado “Ron de Venezuela” fueron designados en la resolución No. 162-2019.

Se autorizaron a 12 empresas a usar la Denominación de Origen Controlada “Ron de Venezuela”, entre ellas Diageo Venezuela, C.A., Rones del Caribe, C.A; C.A. Ron Santa Teresa; Destilería Carúpano, C.A.; Destilería Veroes, C.A; Central de Licores Unidos de Venezuela, C.A. (CELIVECA); Industrias Bravo & Cia, S.A; Alcoholes y Añejos Monagas; Complejo Industrial Licorero del Centro, C.A. (CILCA); Corporación Alcoholes del Caribe, S.A (CACSA); Alnova, C.A.; y Destilerías Unidas, S.A. (DUSA).

Entre las marcas principales que podrán usar la Denominación de Origen Controlada “Ron de Venezuela” se encuentran: Pampero, Cacique, Roble, Santa Teresa, Carúpano, Veroes, Caballo Viejo, Calazán, Estelar, Ocumare, Quimera y Diplomático, entre otras.

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barbarita_guzman
Barbarita Guzmán es abogado de la Universidad Católica Andrés Bello, Caracas, Venezuela, 2000. Master of Law in Intellectual Property. Frankin Pierce Law Center, Concord, NH, USA. 2001 (en la actualidad University of New Hampshire School of Law). Profesora Universidad Monteávila (2006-2017) y profesora invitada Universidad de los Andes (2015-2017), Caracas, Venezuela. Socia de la firma Antequera Parilli & Rodríguez.
bguzman@antequera.com.ve.

 


PUBLICADO: 18 de octubre de 2019