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CAV asegura que pólizas de menos de un año son legales y válidas

La Cámara de Aseguradores de Venezuela  (CAV) hizo público este jueves un comunicado con su respuesta a la afirmación de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora respecto a la validez de pólizas de automóviles con duración de menos de un año.

En el texto, la CAV aseguró que el tiempo del contrato de seguro debe corresponderse con el lapso para el cual fue calculada la prima, por lo que la existencia de productos autorizados con períodos menores a un año resulta válida y está acorde al artículo 28 de la Ley del Contrato de Seguro.

Alesia Rodríguez Pardo, presidenta ejecutiva de la CAV, sostiene que “han existido desde hace muchos años productos cuya vigencia es inferior a un año”. Cita como ejemplos los seguros de transporte y las pólizas contratadas por el sector público para ajustarse al ejercicio presupuestario.

“La duración del contrato de seguros se establece a voluntad de las partes, y cuando éstas no lo refieren, se establece que es por el período de un año, como reza el artículo 51 de la Ley del Contrato de Seguro”, indica el comunicado de la CAV.

La cámara y el sector plantean alternativas de menor duración para hacer frente al escenario inflacionario del país.


PUBLICADO: 15 de octubre de 2015